lunes, 26 de noviembre de 2012

Los cinco Poderes del Estado:

- Poder Legislativo:

Es el encargado de la formación, discusión y sanción de las leyes federales, está encargado de las sanciones de este país. Se compone actualmente de 165 diputados que sirven por cuatro años y pueden ser reelegidos de acuerdo con la Enmienda Nº 1 de la Constitución Nacional .


- Poder Ejecutivo:

El Poder Ejecutivo es ejercido por el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros y demás funcionarios. Cada uno cumple funciones específicas y se encargan del gobierno de la nación como por ejemplo permiso para que el presidente salga del país , ya que el presidente de ninguna manera puede salir sin permiso.


- Poder Judicial:

El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia emanada de los ciudadanos y se imparte en nombre de la República por autoridad de la ley,esta constituido por el Tribunal Supremo de Justicia.


- Poder Ciudadano:


El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República Bolivariana de Venezuela; tiene como objetivo prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
El Poder Ciudadano es independiente y sus órganos gozan de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará una partida anual variable. 

- Poder Electoral:

Es una de las ramas autónomas del Poder Público Nacional, este poder está constituido por el siguiente organismo: cne.


                                                                                                            Vicente Oliveros

No hay comentarios:

Publicar un comentario